miércoles, diciembre 06, 2006



El Salario:
Segun el articulo 133 de la Ley Orgánica del Trabajo el salario es: "La remuneración, provecho o ventaja, culquiera fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en efectivo, que corresponda al trabajador por la prestación de sus servicios, y entre otros comprende las comisiones, las primas, gratificaciones, participación en los beneficios o utilidades, sobresueldos, bono vacacional, así como recargos por días feriados, horas extras o trabajo nocturno, alimentación y vivienda."
Este constituye el centro de de las relaciones de intercambio entre las personas y las organizaciones. Tambien representa el intercambio de derechos y obligaciones entre el empleado y el empleador.
Para las organizaciones: el salario representa costos y a la vez una inversión, un costo porque se refleja en los costos del producto final, una inversión porque representa una aplicación de dinero en un proceso productivo.
Para la sociedad: medio de subsistir de una gran parte de la población.

No son salario, las sumas que ocasionalmente recibe el trabajador (gratificaciones o primas adicionales, excedentes de las empresas de economía solidaria, gastos de representación. Tampoco constituyen salario: prestaciones sociales, propinas, o viáticos accidentales, entre otros

Clases de salario:
  • En dinero o en especie: En dinero, debe estipularse en moneda nacional, en caso de ser en moneda extranjera, el trabajador puede exigir su equivalente en moneda nacional.Constituye salario en especie toda aquella parte de la remuneración ordinaria y permanente que el trabajador reciba en contraprestación del servicio, como alimentación, habitación o vestuario que el empleador suministra al trabajador o a su familia.
  • Ordinario o extraordinario: El salario ordinario es el que percibe el trabajador como remuneración por los servicios prestados dentro de su jornada ordinaria de trabajo.El extraordinario, es el que implica remuneración del trabajo ejecutado en días de descanso obligatorio o de horas extras o suplementarias trabajadas.
  • Fijo o variable: Cuando se pacta por unidad de tiempo se denomina fijo. Por unidad de obra o a nivel de ventas es considerado variable.
  • Nominal y real: El nominal es el valor monetario de la retribución del trabajo. El real, es cuando al salario nominal se le deflacta.

Determinación del salario:

  • Por unidad de tiempo.
  • Por unidad de obra
  • Por tarea